+Artículo 25 5

Artículo 25 5

5.   Los proveedores de servicios de financiación participativa que propongan un precio de referencia para la compraventa a que se refiere el apartado 1 del presente artículo deberán informar a sus clientes de que el precio de referencia propuesto no es vinculante y justificar dicho precio de referencia, y deberán hacer públicos los elementos básicos de su metodología de acuerdo con el artículo 19, apartado 6.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito