4. A fin de asegurar unas condiciones de aplicación uniformes del presente artículo, la AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución para establecer modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la cooperación e intercambio de información entre las autoridades competentes y la AEVM.
La AEVM remitirá a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 10 de mayo de 2022.
Se confieren a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.