+Artículo 8 3.

Artículo 8 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 15 y 16 ni de los supuestos regulados por el Derecho penal, ninguna información confidencial que reciban las personas a que se refiere el apartado 1 del presente artículo en el ejercicio de sus funciones se divulgará a persona o autoridad alguna, salvo en forma sumaria o agregada, de manera que las entidades financieras individuales no puedan ser identificadas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito