+Artículo 44 1.

Artículo 44 1.

La autoridad competente del Estado miembro de origen designada de conformidad con el artículo 31 del Reglamento (UE) 2017/1129 supervisará lo siguiente:

a) 

los emisores de bonos verdes europeos en lo que respecta al cumplimiento de sus obligaciones en virtud del título II, capítulo 2, y de los artículos 18 y 19;

b) 

los emisores que utilicen las plantillas comunes contempladas en el artículo 21 en lo que respecta al cumplimiento de dichas plantillas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito