+Artículo 9 Suspensión o revocación de la autorización
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Artículo 9 Suspensión o revocación de la autorización
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 9 1
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1. La AEVM adoptará una decisión que suspenda o revoque la autorización de un proveedor de calificaciones ASG a que se refiere al artículo 8, apartado 1, párrafo primero, cuando el proveedor de calificaciones ASG:
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a)
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renuncie expresamente a la autorización o no emita calificaciones ASG durante los doce meses anteriores;
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b)
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haya obtenido la autorización por medio de falsas declaraciones o de cualquier otro medio irregular;
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c)
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haya dejado de cumplir las condiciones iniciales de autorización, o
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d)
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haya cometido una infracción grave o reiterada del presente Reglamento.
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Artículo 9 2
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2. La AEVM informará sin demora injustificada al proveedor de calificaciones ASG de cualquier decisión adoptada en virtud del apartado 1.La decisión sobre la revocación o suspensión de la autorización surtirá efecto inmediato en toda la Unión.
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Artículo 9 3
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3. La AEVM también informará a las autoridades competentes, a la Comisión, a la ABE y a la AESPJ de cualquier decisión adoptada en virtud del apartado 1.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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