+Artículo 38 Divulgación, naturaleza, garantía de cumplimiento e imposición de multas y multas coercitivas
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Artículo 38 Divulgación, naturaleza, garantía de cumplimiento e imposición de multas y multas coercitivas
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 38 1
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1. La AEVM hará públicas todas las multas y multas coercitivas que imponga en virtud de los artículos 36 y 37 del presente Reglamento, a menos que dicha divulgación pusiera en grave riesgo los mercados financieros de la Unión o causará un perjuicio desproporcionado a las partes implicadas. La divulgación no comprenderá los datos personales a efectos del Reglamento (UE) 2018/1725.
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Artículo 38 2
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2. Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 36 y 37 serán de carácter administrativo.
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Artículo 38 3
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3. Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 36 y 37 tendrán carácter ejecutivo.
La ejecución forzosa de multas y multas coercitivas se regirá por las normas de procedimiento vigentes en el Estado miembro o el tercer país en el que las multas y multas coercitivas se efectúen.
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Artículo 38 4
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4. Las multas y multas coercitivas se asignarán al presupuesto general de la Unión.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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