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+Artículo 38 3 |
Artículo 38 33. Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 36 y 37 tendrán carácter ejecutivo. La ejecución forzosa de multas y multas coercitivas se regirá por las normas de procedimiento vigentes en el Estado miembro o el tercer país en el que las multas y multas coercitivas se efectúen. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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