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+Artículo 38 1 |
Artículo 38 11. La AEVM hará públicas todas las multas y multas coercitivas que imponga en virtud de los artículos 36 y 37 del presente Reglamento, a menos que dicha divulgación pusiera en grave riesgo los mercados financieros de la Unión o causará un perjuicio desproporcionado a las partes implicadas. La divulgación no comprenderá los datos personales a efectos del Reglamento (UE) 2018/1725. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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