+Artículo 11 5.

Artículo 11 5.

Por lo que se refiere a los efectos adversos reales que las medidas adecuadas enumeradas en el apartado 3 no pudieran eliminar o cuyo alcance no pudieran minimizar suficientemente, la empresa podrá recabar garantías contractuales de un socio comercial indirecto, con vistas a lograr el cumplimiento del código de conducta de la empresa o la ejecución de un plan de acción correctiva. Cuando se obtengan tales garantías contractuales, se aplicará lo dispuesto en el apartado 6.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito