+Artículo 11 5.
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Artículo 11 5.
Por lo que se refiere a los efectos adversos reales que las medidas adecuadas enumeradas en el apartado 3 no pudieran eliminar o cuyo alcance no pudieran minimizar suficientemente, la empresa podrá recabar garantías contractuales de un socio comercial indirecto, con vistas a lograr el cumplimiento del código de conducta de la empresa o la ejecución de un plan de acción correctiva. Cuando se obtengan tales garantías contractuales, se aplicará lo dispuesto en el apartado 6.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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