+Artículo 30 Denuncia de infracciones y protección de los denunciantes

Artículo 30 Denuncia de infracciones y protección de los denunciantes

Artículo 30

Denuncia de infracciones y protección de los denunciantes

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que lo dispuesto en la Directiva (UE) 2019/1937 se aplique a la denuncia de las infracciones de las disposiciones de Derecho nacional por las que se transpone la presente Directiva y la protección de quienes las denuncien.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito