+Inventory Management
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Inventory Management
Keep an inventory of (ICT) assets, monitor their life-cycle and update it periodically and upon every major change in the network, the IT infrastructure, and processes and procedures supporting business functions. Keep records of the following for each ICT asset: unique identifier, location (physical or logical), asset classification, identity of asset owner, information for specific risk assessment on legacy systems, business functions or services supported, business continuity requirements (e.g., RTO, RPO), exposure to external networks, including the internet, links and interdependencies among assets and business functions using each asset, and the end dates of the ICT third-party service provider’s regular, extended and custom support services after which it is no longer supported by its supplier or by an ICT third-party service provider.
Ideally, inventory management is perfomed in an automated and continuous fashion.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Regulaciones relacionadas
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Regulaciones relacionadas
Regulaciones
| Fuente |
Regulación |
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EULAW
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Artículo 7 Sistemas, protocolos y herramientas de TIC
Con el fin de abordar y gestionar los riesgos relacionados con las TIC, las entidades financieras utilizarán y mantendrán actualizados sistemas, protocolos y herramientas de TIC que:
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EULAW
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Artículo 8 1
1. Como parte del marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC a que se refiere el artículo 6, apartado 1, las entidades financieras identificarán, clasificarán y documentarán adecuadamente todas las funciones, cometidos y responsabilidades empresariales sustentados por las TIC, los activos de información y activos de TIC que sustenten dichas funciones, y sus cometidos y dependencias en relación con el riesgo relacionado con las TIC. Las entidades financieras revisarán en caso necesario, y al menos una vez al año, la idoneidad de esta clasificación y de cualquier documentación pertinente.
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EULAW
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Artículo 8 5
5. Las entidades financieras identificarán y documentarán todos los procesos que dependan de proveedores terceros de servicios de TIC, e identificarán las interconexiones con proveedores terceros de servicios de TIC que presten servicios que sustenten funciones esenciales o importantes.
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EULAW
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Artículo 8 6
6. A los efectos de los apartados 1, 4 y 5, las entidades financieras mantendrán los inventarios pertinentes y los actualizarán periódicamente y cada vez que se produzcan los cambios importantes a que se refiere el apartado 3.
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