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+Artículo 7 1 |
Artículo 7 11. El supervisor en base consolidada decidirá sobre la forma y el alcance del diálogo con las autoridades competentes pertinentes en torno al proyecto de informe de evaluación de riesgos del grupo y el proyecto de informe de evaluación del riesgo de liquidez del grupo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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