+Artículo 8 3

Artículo 8 3

3.   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 113, apartado 2, letra a), de la Directiva 2013/36/UE, la presentación del informe de evaluación de riesgos del grupo a las autoridades competentes pertinentes dará inicio al plazo de cuatro meses para llegar a una decisión conjunta en materia de capital.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito