+Artículo 8 4

Artículo 8 4

4.   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 113, apartado 2, letra b), de la Directiva 2013/36/UE, la presentación del informe de evaluación del riesgo de liquidez del grupo a las autoridades competentes pertinentes dará inicio al plazo de un mes para llegar a una decisión conjunta en materia de liquidez.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito