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+Artículo 14 3 |
Artículo 14 33. El supervisor en base consolidada comunicará el resultado de la discusión mencionada en el apartado 2 a las otras autoridades competentes pertinentes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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