+Artículo 25 7

Artículo 25 7

7.   En caso de que se invoque una limitación aplicada en virtud del apartado 1 para denegar al interesado el acceso a los datos, el Supervisor Europeo de Protección de Datos, durante la investigación de la reclamación, solo le comunicará si los datos se trataron correctamente y, de no ser así, si se han efectuado las correcciones necesarias.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito