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+Artículo 27 Modificación del Reglamento (UE) 2019/943 |
Artículo 27 Modificación del Reglamento (UE) 2019/943Artículo 27 Modificación del Reglamento (UE) 2019/943 En el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/943, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:
«1.
El plan de desarrollo de la red a escala de la Unión al que se refiere el artículo 30, apartado 1, letra b), incluirá la modelización de la red integrada, incluida la elaboración de modelos hipotéticos y una evaluación de la solidez de la red. Los parámetros de entrada pertinentes para la modelización, como las hipótesis sobre los precios de los combustibles y el carbono o la instalación de energías renovables, deberán ser plenamente coherentes con el análisis europeo de cobertura elaborado en virtud del artículo 23.».
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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