|
+Artículo 45 4. |
Artículo 45 4.A petición del Parlamento Europeo, el Presidente participará en una audiencia de la comisión competente del Parlamento Europeo sobre la ejecución de las funciones de resolución por la Junta. La audiencia se celebrará como mínimo anualmente.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|