+Artículo 55 Toma de decisiones
---+Artículo 55 1.
---+Artículo 55 2.
---+Artículo 55 3.
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Artículo 55 Toma de decisiones
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 55 1.
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Cuando deliberen sobre un ente individual o un grupo establecido únicamente en un Estado miembro participante, si todos los miembros a los que se refiere el artículo 53, apartados 1 y 3, no logran llegar a un acuerdo conjunto por consenso en un plazo fijado por el Presidente, corresponderá al Presidente, el Vicepresidente y los miembros a los que se refiere el artículo 43, apartado 1, letra b), tomar una decisión por mayoría simple.
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Artículo 55 2.
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Cuando deliberen sobre un grupo transfronterizo, si todos los miembros a los que se refiere el artículo 53, apartados 1 y 4, no logran llegar a un acuerdo conjunto por consenso en un plazo fijado por el Presidente, corresponderá al Presidente, el Vicepresidente y los miembros a los que se refiere el artículo 43, apartado 1, letra b), tomar una decisión por mayoría simple.
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Artículo 55 3.
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En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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