+Artículo 59 Parte I del presupuesto sobre la administración de la Junta
---+Artículo 59 1.
---+Artículo 59 2.
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Artículo 59 Parte I del presupuesto sobre la administración de la Junta
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 59 1.
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Los ingresos de la parte I del presupuesto consistirán en las aportaciones anuales necesarias para financiar los gastos administrativos anuales estimados.
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Artículo 59 2.
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Los gastos de la parte I del presupuesto incluirán como mínimo los gastos de personal, remuneración, administración, infraestructuras, formación profesional y funcionamiento.
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Artículo 59 3.
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El presente artículo se entenderá sin perjuicio del derecho de las autoridades nacionales de resolución a aplicar tasas acordes al Derecho nacional en lo que se refiere a sus gastos administrativos del tipo de los contemplados en los apartados 1 y 2, incluidos los gastos derivados de la cooperación con la Junta y la asistencia a la misma.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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