+Artículo 5 11

Artículo 5 11

11.   A más tardar el 29 de enero de 2027, la AESPJ emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 encaminadas a especificar con mayor precisión:

a)

en cooperación con la Junta Europea de Riesgo Sistémico, la gama de escenarios a que se refiere el apartado 7 del presente artículo;

b)

los indicadores cualitativos y cuantitativos a que se refiere el apartado 8 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito