+Artículo 17 4

Artículo 17 4

4.   En ausencia de una decisión conjunta entre las autoridades de resolución sobre la adopción del plan de resolución de grupo a que se refiere el artículo 11, apartado 4, en el plazo a que se refiere el apartado 1, párrafo primero, parte introductoria, del presente artículo, cada autoridad de resolución responsable de una empresa filial adoptará su propia decisión y elaborará y mantendrá actualizado un plan de resolución para las entidades bajo su jurisdicción. Cada una de las autoridades de resolución notificará su decisión a los demás miembros del colegio de autoridades de resolución.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito