+Artículo 21 Procedimientos en relación con empresas que no sean sometidas a una medida de resolución

Artículo 21 Procedimientos en relación con empresas que no sean sometidas a una medida de resolución

Artículo 21

Procedimientos en relación con empresas que no sean sometidas a una medida de resolución

Los Estados miembros velarán por que las empresas de seguros o reaseguros que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 19, apartado 1, letras a) y b), pero no las establecidas en el artículo 19, apartado 1, letra c), sean objeto de procedimientos de liquidación, tal como se definen en el artículo 268, apartado 1, letra d), de la Directiva 2009/138/CE, u otros procedimientos con arreglo al Derecho nacional iniciados y controlados por las autoridades competentes tal como se definen en el artículo 268, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/138/CE, de manera que se garantice una salida ordenada del mercado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito