+Artículo 27 6

Artículo 27 6

6.   Las autoridades de resolución, en estrecha cooperación con las autoridades de supervisión, evaluarán los cambios previstos en la composición de los activos, realizarán un estrecho control de los acuerdos de reaseguro y exigirán, al menos trimestralmente, revisiones actuariales independientes de las provisiones técnicas y las reservas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito