+Artículo 52 2

Artículo 52 2

2.   Los Estados miembros también podrán exigir que las empresas matrices últimas se aseguren de que sus empresas filiales de terceros países que sean entidades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras a) a e), incluyan en los contratos financieros mencionados en el apartado 1, cláusulas por las que se excluya que el ejercicio de la competencia de la autoridad de resolución de suspender o restringir los derechos y las obligaciones de la empresa matriz última, de conformidad con el apartado 1, constituya un motivo válido para la terminación por anticipado, la suspensión, la modificación, la compensación por netting, la compensación recíproca o la ejecución de garantías de dichos contratos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito