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c)
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con las autoridades responsables de la supervisión de los sistemas de pago, con autoridades responsables de los procedimientos de insolvencia ordinarios, con autoridades que tengan confiada la tarea de supervisión de entidades de otros sectores financieros, con autoridades responsables de la supervisión de los mercados financieros, instituciones de crédito, empresas de servicios de inversión y empresas de seguros, así como con inspectores que actúen por cuenta de las mismas, con autoridades de los Estados miembros responsables de mantener la estabilidad del sistema financiero en los Estados miembros mediante el uso de normas macroprudenciales, con autoridades responsables de la protección de la estabilidad del sistema financiero, y con personas encargadas de llevar a cabo auditorías reglamentarias.
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