+Artículo 96 3

Artículo 96 3

3.   A efectos de la presente Directiva, la AESPJ velará por la separación estructural entre el comité de resolución y las demás funciones a que se refiere el Reglamento (UE) n.o 1094/2010. El comité de resolución promoverá la elaboración y la coordinación de los planes de resolución y desarrollará métodos para la resolución de las entidades contempladas en el artículo 1, apartado 1, de la presente Directiva que sean inviables.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito