+Artículo 49 6.

Artículo 49 6.

La AEVM, en estrecha cooperación con los miembros del SEBC, elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución que establezcan modelos de formularios y plantillas para el procedimiento a que se refiere el apartado 4.

La AEVM presentará esos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 18 de junio de 2015.

Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito