+Artículo 37 Estrategias para el ejercicio de los derechos de voto
---+Artículo 37 1.
---+Artículo 37 2.
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Artículo 37 Estrategias para el ejercicio de los derechos de voto
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 37 1.
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Los GFIA elaborarán estrategias idóneas y efectivas para determinar el momento y la forma en que hayan de ejercerse los derechos de voto contenidos, en su caso, en las carteras de FIA gestionadas, en beneficio exclusivo de los FIA de que se trate y sus inversores.
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Artículo 37 2.
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Las estrategias previstas en el apartado 1 establecerán medidas y procedimientos para:
a)
efectuar el seguimiento de las actuaciones societarias pertinentes;
b)
garantizar que el ejercicio de los derechos de voto se adecue a los objetivos y a la política de inversión del FIA considerado;
c)
prevenir o, en su caso, gestionar cualquier conflicto de intereses derivado del ejercicio de los derechos de voto.
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Artículo 37 3.
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Se pondrá a disposición de los inversores, a solicitud suya, una descripción resumida de las estrategias e información sobre las medidas adoptadas en el marco de esas estrategias.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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