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+Artículo 27 Proceso de evaluación interna de los FILPE que pueden comercializarse entre inversores minoristas |
Artículo 27 Proceso de evaluación interna de los FILPE que pueden comercializarse entre inversores minoristasArtículo 27 Proceso de evaluación interna de los FILPE que pueden comercializarse entre inversores minoristas El gestor de un FILPE cuyas participaciones o acciones puedan comercializarse entre inversores minoristas estará sujeto a los requisitos establecidos en el artículo 16, apartado 3, párrafos segundo a quinto y séptimo, de la Directiva 2014/65/UE y en el artículo 24, apartado 2, de dicha Directiva. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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