+Artículo 32 6.
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Artículo 32 6.
Los Estados miembros requerirán a las autoridades competentes que remitan comentarios a la UIF sobre el uso realizado de la información proporcionada de conformidad con el presente artículo y respecto al resultado de las investigaciones e inspecciones realizadas sobre la base de dicha información.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 30.12.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32015L0849
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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