+Artículo 45 3

Artículo 45 3

3.   Antes de enviar una notificación, el remitente podrá establecer contactos verbales con las autoridades pertinentes a que se refiere el artículo 81, apartados 1, 2 y 3, de la Directiva 2014/59/UE para informarlas de la presentación de una notificación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito