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+Artículo 45 5 |
Artículo 45 55. Las autoridades pertinentes a que se refieren el artículo 81, apartados 1, 2 y 3, y el artículo 83, apartado 2, de la Directiva 2014/59/UE acusarán recibo de la notificación al remitente, indicando la fecha y la hora de recepción registradas por el destinatario y los datos de contacto de los miembros del personal encargados de tramitar la notificación. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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