+Artículo 68 5.

Artículo 68 5.

No constituirá incumplimiento de una obligación contractual a los efectos de los apartados 1 y 3 del presente artículo y del artículo 71, apartado 1, una suspensión o restricción con arreglo a los artículos 33 bis, 69 o 70.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito