+Artículo 3

Artículo 3

Artículo 3

Los Estados miembros velarán por que se coloque una etiqueta sobre consumo de combustible y emisiones de CO2, que responda a los requisitos descritas en el anexo I, de forma claramente visible en cada modelo de turismo nuevo, o por que dicha etiqueta se muestre de forma claramente visible cerca del mismo en el punto de venta.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito