+Artículo 6 5.

Artículo 6 5.

La información a que se refieren los apartados 2 y 4 solo incluirá datos relativos a lo siguiente:

a) 

activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos reconocidos por la entidad supervisada conforme a las normas de contabilidad pertinentes;

b) 

exposiciones y actividades fuera del balance en las que participe la entidad supervisada;

c) 

operaciones efectuadas por la entidad supervisada distintas de las previstas en las letras a) y b);

d) 

normas de valoración, incluidos los métodos de estimación de pérdidas por riesgo de crédito, existentes conforme a las normas de contabilidad pertinentes y aplicadas por la entidad supervisada.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito