+Artículo 31 2.

Artículo 31 2.

La declaración de conformidad se redactará como mínimo en una de las lenguas oficiales de las instituciones de la Unión.

Todo Estado miembro podrá solicitar al fabricante que la declaración de conformidad se traduzca a sus propias lenguas oficiales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito