+Artículo 38 4.

Artículo 38 4.

Si, previa solicitud de la autoridad de homologación, el fabricante no puede demostrar el cumplimiento de los requisitos de marcado reglamentario, la autoridad de homologación podrá retirar la homologación de tipo UE concedida al tipo o familia de motores. Las autoridades de homologación se informarán mutuamente en el plazo de un mes de todas las retiradas de homologaciones de tipo UE y de las razones de dichas retiradas, de conformidad con el artículo 22, apartado 5.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito