+Artículo 60 3.

Artículo 60 3.

A más tardar el 31 de diciembre de 2025, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo relativo al uso de las cláusulas de exención contenidas en el artículo 34, apartados 4 y 5, y a la vigilancia de los resultados de los ensayos de emisiones mencionados en el artículo 19 y en sus conclusiones.

Además, el informe evaluará los ensayos que se exigen para la homologación de tipo UE como se dispone en los artículos 24 y 25, prestando especial atención a la medida en que dichos ensayos se corresponden con las condiciones reales de funcionamiento de los motores, y también valorará la viabilidad de introducir ensayos de emisiones de partículas contaminantes como parte de los ensayos en servicio establecidos en el artículo 19.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito