+Artículo 60 3.
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Artículo 60 3.
A más tardar el 31 de diciembre de 2025, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo relativo al uso de las cláusulas de exención contenidas en el artículo 34, apartados 4 y 5, y a la vigilancia de los resultados de los ensayos de emisiones mencionados en el artículo 19 y en sus conclusiones. Además, el informe evaluará los ensayos que se exigen para la homologación de tipo UE como se dispone en los artículos 24 y 25, prestando especial atención a la medida en que dichos ensayos se corresponden con las condiciones reales de funcionamiento de los motores, y también valorará la viabilidad de introducir ensayos de emisiones de partículas contaminantes como parte de los ensayos en servicio establecidos en el artículo 19.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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