+Artículo 4 3.

Artículo 4 3.

El apartado 2 se aplicará a los traslados de residuos municipales mezclados recogidos de hogares particulares, de otros productores de residuos o de ambos, así como a los residuos municipales mezclados que hayan sido objeto de una operación de tratamiento de residuos que no haya alterado sustancialmente sus propiedades, incluidos combustibles derivados de desperdicios elaborados a partir de residuos municipales mezclados, cuando dichos residuos se destinen a su valorización. Se prohibirán los traslados de dichos residuos destinados a la eliminación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito