+Artículo 4 3.
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Artículo 4 3.
El apartado 2 se aplicará a los traslados de residuos municipales mezclados recogidos de hogares particulares, de otros productores de residuos o de ambos, así como a los residuos municipales mezclados que hayan sido objeto de una operación de tratamiento de residuos que no haya alterado sustancialmente sus propiedades, incluidos combustibles derivados de desperdicios elaborados a partir de residuos municipales mezclados, cuando dichos residuos se destinen a su valorización. Se prohibirán los traslados de dichos residuos destinados a la eliminación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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