+Artículo 6 1.

Artículo 6 1.

Los traslados de residuos que requieren notificación estarán sujetos al requisito de la celebración de un contrato entre el notificante y el destinatario para la valorización o eliminación de los residuos. Si el destinatario no es el operador de la instalación para la valorización o eliminación de los residuos notificados, el contrato también deberá estar firmado por el operador de la instalación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito