+Artículo 9 6.
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Artículo 9 6.
La valorización o la eliminación de los residuos, en relación con un traslado, se completará a más tardar en el plazo de un año a partir de la recepción de los residuos por la instalación que valoriza o elimina los residuos, a menos que las autoridades competentes correspondientes establezcan en su decisión un plazo más breve.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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