+Artículo 16 4.
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Artículo 16 4.
Cuando los documentos a que se refieren los apartados 1 y 3 no estén disponibles en línea durante el transporte de residuos, el notificante y el transportista o los transportistas garantizarán que los documentos estén disponibles por otros medios en el vehículo de transporte. En tales casos, el notificante se asegurará de que cualquier cambio o información añadida a los documentos durante el transporte de residuos se presenten a través de uno de los sistemas a que se refiere el artículo 27.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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