+Artículo 25 13.

Artículo 25 13.

Los artículos 37, 39 y 40 y toda prohibición de exportación contemplada en un acto delegado a que se refiere el artículo 45, apartado 6, no se aplicarán en caso de que los traslados ilícitos sean devueltos al país de expedición y que este sea un país afectado por las prohibiciones que contienen dichas disposiciones.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito