+Artículo 27 2.
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Artículo 27 2.
A fin de mantener actualizada la lista de información y documentación, requerida en virtud del apartado 1, con cualquier cambio en los sistemas de intercambio y presentación por medios electrónicos, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 80 por los que se modifique el apartado 1 con el fin de modificar la lista de información y documentación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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