+Artículo 27 2.

Artículo 27 2.

A fin de mantener actualizada la lista de información y documentación, requerida en virtud del apartado 1, con cualquier cambio en los sistemas de intercambio y presentación por medios electrónicos, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 80 por los que se modifique el apartado 1 con el fin de modificar la lista de información y documentación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito