+Artículo 76 Designación de los delegados

Artículo 76 Designación de los delegados

Artículo 76

Designación de los delegados

Cada uno de los Estados miembros así como la Comisión designarán uno o más delegados cuya misión consistirá en informar y orientar a las personas o empresas que soliciten información en torno a la ejecución del presente Reglamento. El delegado de la Comisión enviará a los delegados de los Estados miembros todas las preguntas que se le formulen y que correspondan al ámbito de competencia de estos últimos, y viceversa.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito