+Artículo 14 2.
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Artículo 14 2.
Las entidades financieras diseñarán las políticas, procedimientos, protocolos y herramientas para la protección de la información en tránsito a que se refiere el apartado 1 basándose en los resultados de la clasificación de datos aprobada y de la evaluación del riesgo relacionado con las TIC.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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