+Artículo 14 2.

Artículo 14 2.

Las entidades financieras diseñarán las políticas, procedimientos, protocolos y herramientas para la protección de la información en tránsito a que se refiere el apartado 1 basándose en los resultados de la clasificación de datos aprobada y de la evaluación del riesgo relacionado con las TIC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito