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+Artículo 7 1 |
Artículo 7 11. La política especificará las medidas adecuadas para detectar, prevenir y gestionar los conflictos de intereses reales o potenciales que se deriven del recurso a proveedores terceros de servicios de TIC que deban adoptarse antes de celebrar los acuerdos contractuales pertinentes y establecerá un seguimiento continuo de dichos conflictos de intereses. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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