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+Artículo 9 3 |
Artículo 9 33. La política especificará que debe documentarse la evaluación a que se refiere el apartado 2 y que deben utilizarse sus resultados para actualizar la evaluación de riesgos de la entidad financiera a que se refiere el artículo 6. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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