+Artículo 5
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Artículo 5
Artículo 5 Para el Reino de España y la República Portuguesa, el ámbito de aplicación de las disposiciones del Acta de adhesión de 1985 en materia de movimientos de capitales, según la nomencaltura de movimientos de capitales que figura en el Anexo I, deberá entenderse de acuerdo con lo indicado en el Anexo III.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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